La CRA definirá en agosto si la ciudad mantiene el modelo de Áreas de Servicio Exclusivo (ASE) o si transita hacia la libre competencia. El Distrito defiende el ASE por su cobertura universal, control técnico y enfoque social.
Bogotá está ad portas de una decisión trascendental para el futuro del servicio de aseo urbano. La Comisión de Regulación de Agua Potable y Saneamiento Básico (CRA) deberá resolver en agosto si aprueba la continuidad del modelo de Áreas de Servicio Exclusivo (ASE), que la ciudad busca renovar para el periodo 2026–2036, o si impone la transición hacia un esquema de libre competencia entre operadores.
Actualmente, Bogotá es la única ciudad del país que opera bajo el modelo ASE. Está dividida territorialmente entre cinco concesionarios:
- Promoambiental, con cobertura en 7 localidades.
- LIME, con 8 localidades.
- Ciudad Limpia y Bogotá Limpia, con 2 localidades cada una.
- Área Limpia, con una zona asignada.
Este esquema, vigente desde 2011, ha permitido —según la Unidad Administrativa Especial de Servicios Públicos (UAESP)— una cobertura planificada, continua y supervisada, con intervención directa del Distrito en la definición de operadores, estándares de calidad, frecuencia y atención a zonas vulnerables.
En junio de 2025, la CRA negó la solicitud de renovación del modelo ASE mediante la Resolución 1013, argumentando deficiencias técnicas, riesgos financieros y falta de evidencia suficiente de sus beneficios para el usuario final. Ante esta decisión, el Distrito presentó un recurso de reposición que actualmente está en estudio. La resolución definitiva se conocerá a mediados de agosto.
Mientras tanto, el Distrito ha reiterado que la recolección de residuos no se verá interrumpida en ninguna zona de la ciudad, y que los contratos actuales seguirán vigentes hasta febrero de 2026.
🧩 ¿Qué propone el modelo ASE?
El modelo de Áreas de Servicio Exclusivo plantea que la ciudad se divida en seis zonas, cada una atendida por un operador escogido mediante licitación pública. A diferencia de un mercado abierto, el Distrito selecciona a los prestadores bajo condiciones técnicas estrictas y contratos que obligan a cobertura total, inversión en infraestructura, inclusión de recicladores, e impulso a la economía circular.
Según la UAESP, los principales beneficios del modelo ASE son:
- Cobertura del 100 % de los usuarios, sin excluir sectores por su rentabilidad.
- Reducción proyectada del 30 % en los residuos enviados al relleno Doña Juana.
- Mejora en la calidad del servicio con criterios exigidos en los contratos.
- Mayor inclusión social a recicladores de oficio y zonas vulnerables.
- Supervisión dual, con control de la Superintendencia de Servicios Públicos (SSPD) y una interventoría contratada por el Distrito.
La directora de la UAESP, Luz Amanda Camacho, expresó:
“Este modelo no es solo técnico, es profundamente social. Bogotá no puede permitir que haya ciudadanos sin acceso a un servicio esencial como el aseo, por razones de mercado o rentabilidad”.
⚖ ¿Qué plantea la libre competencia?
Frente al modelo ASE, la CRA considera viable el paso a un sistema de libre competencia, donde cualquier empresa habilitada podría ofertar el servicio directamente a los ciudadanos. Este enfoque deja en manos del usuario la elección del operador y permite a las empresas seleccionar las zonas donde desean operar.
La UAESP ha advertido que este modelo, aunque funcional en mercados con alta densidad y capacidad operativa, puede generar exclusión de barrios populares, deterioro del servicio por falta de control técnico, y una posible fragmentación operativa que afecte la eficiencia y limpieza de la ciudad.
Para facilitar la comprensión pública del debate, la UAESP compartió la siguiente comparación:
📊 Comparativo: ASE vs Libre competencia
| Aspecto | Libre Competencia | Modelo ASE (Áreas de Servicio Exclusivo) |
|---|---|---|
| Acceso al mercado | Cualquier empresa puede ofrecer el servicio. | Se adjudican zonas por licitación pública. |
| Elección del operador | El usuario elige a su prestador. | El operador es asignado por el Distrito mediante licitación. |
| Cobertura | Las empresas deciden a qué zonas ofrecer el servicio (pueden excluir áreas no rentables). | El operador debe cubrir al 100 % del área asignada. |
| Regulación técnica | Solo debe cumplir normativa nacional. | Cumple la norma nacional y los criterios técnicos del contrato de concesión. |
| Supervisión | Solo la Superintendencia de Servicios Públicos. | Supervisión de la SSPD + interventoría contratada por el Distrito. |
| Calidad del servicio | No hay obligación de ofrecer mayores estándares. | Contratos exigen calidad superior en frecuencia, barrido, recolección y reciclaje. |
| Aportes públicos e inversión | No contempla aportes públicos. | Pueden pactarse aportes para expandir y mejorar el servicio, según Ley 142 de 1994. |
📌 Lo que está en juego
El debate entre ambos modelos no es simplemente técnico. Está en juego el principio constitucional de que el aseo, como servicio público esencial, debe prestarse con criterios de universalidad, calidad y equidad.
La CRA deberá decidir si Bogotá podrá continuar con el modelo que ya opera desde hace más de una década o si deberá transitar a un sistema más liberal, con mayores riesgos de fragmentación, pero también con flexibilidad de mercado.
Mientras tanto, la administración distrital reafirma su compromiso con la continuidad del servicio, y llama a la ciudadanía a informarse y comprender lo que representa esta decisión para la vida urbana, ambiental y social de la capital.

